En sus circulares de noviembre de 2016 la Supersociedades no pidió que se entregara el informe de prácticas empresariales por el año 2016, ahora, según lo indicado por la entidad el pasado 25 de julio, las sociedades tendrán que presentarlo antes de agosto 31 de 2017.

Tal como lo destacamos en su momento, cuando la Supersociedades expidió en noviembre de 2016 sus tres circulares con las instrucciones y plazos para la entrega de reportes del año 2016 (ver las Circulares 201-000009, 201-000010 y 201-000011), lo que se ponía en evidencia a través de dichas circulares es que dicha entidad ya no seguiría pidiendo la entrega del Informe de prácticas empresariales, exigido entonces solo hasta el cierre del año 2015 a las sociedades que tenían las condiciones de vigiladas y/o controladas.

Sin embargo, el pasado 25 de julio de 2017, y sin que la Supersociedades hubiera expedido previamente alguna nueva circular en la que se dijera expresamente quiénes son los obligados a entregar el informe de prácticas empresariales del año 2016, la entidad publicó en su portal de internet un aviso en el cual se leía lo siguiente:

“Bogotá 25 de julio de 2017. La Superintendencia de Sociedades amplió, hasta el próximo 31 de agosto, el plazo para que las empresas obligadas reporten sus informes de prácticas empresariales.

El objetivo de la entidad, al ampliar el plazo, es facilitar el reporte del informe a las cerca de 8.000 sociedades que se encuentran obligadas a entregar dicha información.

La información recopilada por la Superintendencia de Sociedades en el informe 42 permite, a las autoridades, hacer análisis sobre el avance de las empresas colombianas en la implementación de políticas de Responsabilidad Social Empresarial y Prácticas de Gobierno Corporativo.

La SuperSociedaes reitera que el reporte de la información no requiere documentos adicionales de soporte, salvo que así lo requiera expresamente por medio de acto administrativo.

Con el fin de garantizar mayor celeridad y transparencia, la SuperSociedades, pondrá en operación a partir de este jueves 27 de julio el aplicativo STORM para que los interesados diligencien el informe en el siguiente vínculo http://www.supersociedades.gov.co/delegatura_aec/informes_empresariales/Paginas/storm.aspx

Sin embargo, las sociedades que en los últimos días hayan reportado correctamente sus informes y que cuenten con el respectivo radicado están exentas de diligenciar el formulario.

Para cualquier información sobre los asuntos aquí planteados, podrá consultar la guía de diligenciamiento que encuentra en el sitio web mencionado, o bien, podrá comunicarse con funcionarios de esta entidad en la línea de atención telefónica número 2201000, ext. 8080, en Bogotá.”

En ese sentido, debe entenderse que la Supersociedades, en lugar de expedir una circular en la que se dijera de forma genérica quiénes eran los obligados a entregar el informe de prácticas empresariales del año 2016, lo que terminó haciendo (muy seguramente) fue enviar oficios selectivos a solo unas cuantas sociedades vigiladas o controladas a las cuales exigió presentar dicho informe. Por consiguiente, solo las sociedades a las que les haya llegado dicho oficio quedarían obligadas a entregar el mencionado reporte.

¿En qué consiste el reporte de prácticas empresariales?

El reporte de prácticas empresariales empezó a solicitarse a partir de los reportes del año 2008 (ver Circular 115-00012 de diciembre de 2008 y compararla con la Circular 100-0004 de diciembre de 2007). Entre los años 2008 y 2012, el reporte se elaboraba mediante la opción 31 del software STORM USER. Sin embargo, entre los años 2013 y siguientes el informe se elaboró con la opción 42 del mismo software.

“Si durante el año la sociedad tenía más de un corte financiero, el reporte de prácticas empresariales se efectuaba respecto a lo que sucedió durante todo ese período.”

La responsabilidad de la elaboración del reporte solo corre por cuenta de aquellos que, a la fecha de entrega del mismo, tenían la condición de administradores de la respectiva sociedad (representante legal y juntas directivas). Vale mencionar que dicho reporte no requiere ningún documento adicional. Si durante el año la sociedad tenía más de un corte financiero, el reporte de prácticas empresariales se efectuaba respecto a lo que sucedió durante todo ese período.

Para finalizar, vale la pena recordar que en su exigencia, por el año 2015, el reporte de prácticas empresariales consistió en un cuestionario con un total de 50 preguntas divididas en tres secciones que indagaban sobre temas como los siguientes:

  • Junta directiva y estructura societaria: en esta sección eran formuladas las primeras 16 preguntas, entre las cuales figuraban: “¿la empresa cuenta con junta directiva u órgano equivalente?; si cambiaron a tipo societario SAS, ¿cuál fue la principal razón para hacerlo?; ¿la empresa tiene definido dentro de los estatutos algún método de resolución de conflictos?; ¿la empresa verifica el origen del capital de los nuevos inversionistas, proveedores y clientes (antecedentes, actividad conocida declarada, transacciones bancarias recientes entre otros)?
  • Prácticas de gobierno corporativo: en esta sección eran formuladas las preguntas 17 a 38, entre las cuales figuraban: “¿la empresa cuenta con información actualizada sobre todos sus accionistas o socios, que incluya los medios por los cuales prefieren ser convocados a las reuniones de la asamblea general de accionistas, la junta de socios u órgano equivalente?; ¿La empresa cuenta con un reglamento interno (adicional a lo dispuesto en los estatutos) para el funcionamiento de la junta directiva u órgano equivalente?; ¿qué perfiles tienen los miembros de la junta directiva u órgano equivalente?
  • Prácticas de responsabilidad social: en esta sección eran formuladas las preguntas 39 a 50 entre las cuales figuraban: “¿la empresa gestiona acciones de responsabilidad social empresarial?; ¿la empresa aporta donaciones o ayudas a causas sociales?; ¿en qué rubro de la contabilidad son registradas la mayoría de acciones en responsabilidad social empresarial?”

 

Tomado de actualícese.com